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Buenos Aires

Exportadores adhieren al régimen de cargas para el comercio exterior

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Ahora se analizará la documentación, los aspectos físicos de las plantas y las soluciones tecnológicas ofrecidas por las empresas para garantizar una óptima conectividad con los sistemas informáticos de la AFIP. Este plazo no será mayor a los sesenta días hábiles.

Al vencimiento del plazo para el cumplimento de los nuevos requisitos, concedido a los exportadores para que completen las condiciones documentales y tecnológicas previstas para consolidar sus mercaderías directamente en sus plantas de exportación. Sobre el total de los exportadores que presentaron los requisitos, el 20% (365 empresas son de Capital Federal y el Conurbano en tanto que el 80% (1.309 empresas) corresponden al resto del país.

El régimen de cargas en planta, previsto en la Resolución General AFIP 2977, significa un ahorro de costos operativos al momento de exportar ya que permite operar desde la misma planta del exportador evitando costos innecesarios en por ejemplo, costos de manipuleos de la mercadería a exportar, posteriores a la consolidación de la carga.

Este régimen garantiza también las altas condiciones de control aduanero en las cargas de exportación. En la normativa que reglamentó el procedimiento, la AFIP concedió un plazo de 10 meses para que los exportadores adapten las instalaciones a los nuevos estándares de calidad exigidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos.