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Buenos Aires

Rechazan un pedido para sacar el registro con deuda por infracciones

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La Justicia no le permitió a una mujer renovar su registro pese a que presentó un amparo en donde solicitaba obtener la licencia sin el libre deuda de infracciones de tránsito.

La justicia porteña rechazó la solicitud de una persona que accionó legalmente contra el Gobierno de la Ciudad por que se le impidió renovar su registro de conducir a pesar de no contar con el certificado de libre deuda de infracciones.

El titular del juzgado número 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Martín Converset, rechazó la medida cautelar solicitada por una amparista con el objeto que se le permita la renovación de su licencia de conducir, a pesar de no contar con el libre deuda de infracciones de tránsito. Todo ello se dio en la causa “N., J. M. contra GCBA sobre amparo-habilitaciones-permisos”, informó hoy el sitio Ijudicial.gob.ar.

En la sentencia, la actora relató que concurrió a la sede del Automóvil Club Argentino para renovar su licencia, donde le informaron que no podía realizar el trámite dada la existencia de infracciones registradas con su número de documento y que para ello debía contar con el libre deuda de infracciones.

Allí se le exigía que abone la totalidad de las infracciones que informaba tanto la Dirección General de Habilitación de Conductores y Transporte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial del Gobierno de la provincia de Buenos Aires.

En su presentación, sostuvo que “el recaudo de libre deuda de infracciones para obtener la renovación de la licencia contradecía lo dispuesto por la Ley Nacional de Tránsito 24.449 a la cual la Ciudad se encontraba adherida, deviniendo por ende en inconstitucional”. En la resolución, el magistrado recordó que la legislación sobre la materia, en particular la ley 2.148, que aprobó el Código de Tránsito y Transporte porteño estipula que “[s]on requisitos para obtener por primera vez la licencia de conductor: (…) e) Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito“.

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