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Buenos Aires

AFIP: incluyen a servicios en ventanilla única de Comercio Exterior

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La medida alcanza a las operaciones cuyo monto mínimo sea de 100 mil dólares o cuyas cuotas resulten iguales o superiores a 10 mil dólares, precisó la resolución general 3276, publicada hoy en el Boletín Oficial.

 

Cuando la prestación sea de ejecución continuada, se considerará la sumatoria de los montos previstos por todo el plazo del contrato, mientras los contratos de monto indeterminado deberán informarse en todos los casos. La disposición detalla en un anexo que las operaciones concernidas incluyen Otros servicios de información e informática, Patentes y marcas, Regalías, Derechos de autor, Primas por préstamos de jugadores, Servicios Empresariales Profesionales y Técnicos y Servicios personales, culturales y recreativos.

 

También abarca a los Pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios; Derechos de explotación de películas, video y audio extranjeras, Servicios de transferencia de tecnología Ley Nº 22.426 (excepto patentes y marcas), Otras rentas pagadas al exterior y Compra de activos no financieros no producidos.

 

Serán considerados sujetos residentes en el país aquellos que revistan tal condición conforme a las normas del Impuesto a las Ganancias, precisó la AFIP. La norma, que lleva la firma del titular del organismo, Ricardo Echegaray, alcanza también a los contratos de servicios celebrados con anterioridad y respecto de los cuales existan contraprestaciones monetarias pendientes de cancelación.

 

Los prestadores y prestatarios de servicios deberán cumplir con la Declaración Jurada Anticipada disponible en el sitio web del organismo recaudador. La resolución considera excepciones a las prestaciones de servicios efectuadas a residentes en el país por sujetos del exterior, cuya retribución monetaria se encuentre totalmente cancelada al 1º de abril.

 

En los considerandos de la medida se recuerda que la Ventanilla Única "genera un proceso de integración de la gestión de los distintos organismos gubernamentales que intervienen en la tramitación de las operaciones de comercio exterior". "La disponibilidad anticipada de información estratégica posibilita una adecuada interacción entre dichos organismos, potenciando los resultados de la fiscalización integral que compete a cada uno de ellos", concluyó la AFIP.