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Las concesionarias deberán exhibir autos con eficiencia energética

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Las concesionarias de ventas de automóviles cero kilómetro deberán exhibir a partir de junio de 2019 un 15 por ciento de modelos livianos, incluyendo pick ups y furgones, con una etiqueta que informe la eficiencia energética del vehículo.

La Resolución 85/2018 de la Secretaría de Ambiente, publicada hoy en el Boletín Oficial, busca desarrollar mecanismos e incentivos que favorezcan la adquisición y el uso de estas tecnologías limpias en el transporte público y privado de pasajeros.

La misma dispone que “a partir de los seis meses de publicada en Boletín Oficial la presente Resolución, todos los fabricantes e importadores de vehículos automotores livianos pertenecientes a las categorías M1 y N1, deberán exhibir en sus salones y puntos de venta, al menos el 15 por ciento de aquellos modelos que se encuentren certificados en emisiones de CO2 y consumo de combustible con Certificado de Emisiones Gaseosas y Licencia de Configuración Ambiental (LCA)”.

Además fijó que los mismos deberán portar “una etiqueta informativa de eficiencia energética vehicular removible o permanente y otra como inserto en la bibliografía de abordo“, y que el alcance del 15 por ciento pasará al 50 por ciento de los modelos a partir del 6 de diciembre de 2019, y a la totalidad de los mismos desde el 6 de junio de 2020.

Asimismo indicó que “en caso de punto de venta virtual oficial de la marca, la exhibición deberá efectuarse junto a la ficha del producto”.

La norma determinó que “las etiquetas de eficiencia energética vehicular (informativas o comparativas) deberán contener la potencia del motor en kilovatios y nivel de emisiones, referenciado por la correspondiente norma Europea de cumplimiento”.

También indicó que “la etiqueta incorporará en la parte inferior un código QR que remitirá a una web oficial, en la que se podrá consultar la información detallada“.

Además precisó que “a partir de los dieciocho meses de publicada en Boletín Oficial la presente Resolución”, es decir el 6 de junio de 2020, “el fabricante o importador dispondrá de un plazo de 30 días corridos desde que se le otorgue la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) o la extensión del certificado de emisiones, para implementar la etiqueta informativa sobre el modelo certificado, a partir de la obligatoriedad del etiquetado informativo para el 100 por ciento de los modelos”.

Asimismo señaló que a partir del 6 de abril de 2021, “y con previa reglamentación de al menos 180 días antes de la segmentación y las funciones de categorización de eficiencia energética“, las concesionarias deberán exhibir “todos los modelos de vehículos en comercialización con una etiqueta comparativa de eficiencia energética vehicular a la vista y otra como inserto en la bibliografía de abordo”.

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