Ayer entre el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social (MTESS), la Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina y la CaDeFiP (Cámara de Depósitos Fiscales Privados), quedó sellado el acuerdo salarial que entró en vigencia el 1 de junio de 2013 hasta el 31 de mayo de 2014.
Entre los ítems más salientes se dejó establecido un incremento del 15 por ciento a partir de 1 de junio de 2013, que se aplica a todos los conceptos que el trabajador percibió al 31 de mayo de 2013. Según indicaron desde la Federación, el pactó también ofrece un incremento del 8 por ciento con aplicación a todos los conceptos que integran el salario de los trabajadores al 31 de mayo de 2013, y que entrará en vigencia a partir de 1 de octubre de 2013. Además se estableció una cifra no remunerativa de 500 pesos, a abonarse desde febrero del 2014 y hasta mayo del mismo año inclusive. Por último y en este caso, se acordó una gratificación extraordinaria de 1.500 pesos, que se abonarán de esta manera: 750 pesosantes del 31 de diciembre de 2013 y $750 pesos, antes del 28 de febrero de 2014.
Acuerdo con la Cámara de Puertos Privados Comerciales
En este orden también se celebró entre la FeMPINRA, y la Cámara de Puertos Privados Comerciales (CPPC), un acuerdo salarial que contempla el período comprendido entre el 1 de abril de 2013 y el 31 de marzo de 2014. En este sentido los trabajadores recibirán (por única vez , y correspondiente a los meses de abril y mayo de 2013), la suma de 2.500 pesos. Lo que será abonada antes del 15 de junio de 2013.
En el caso de los trabajadores eventuales se adoptó el criterio de abonar esa suma cuando hayan laborado hasta 40 jornales del bimestre, caso contrario percibirán esa suma en proporcional a los jornales realizados en el bimestre. Un 15 por ciento de aumento sobre las remuneraciones básicas al 31 de marzo de 2013 que se hace efectivo desde el 1 de junio de 2013 y pasará a ser remunerativo a partir del 1 de marzo de 2014. Y un incremento del 5 por ciento sobre los haberes al 31 de marzo de 2013 que se hará efectivo a partir de 1 de julio de 2013.
También se estableció un pago de 250 pesos ( a partir de 1 de agosto de 2013 y a partir del 1 de octubre de 2013 también una suma de 25 pesos) . Desde la Federación destacaron que las sumas establecidas serán aplicadas a los trabajadores eventuales y/o jornalizados dividiendo la cantidad respectiva, de cada una de estas cláusulas y en los períodos que corresponden por veinte (20) jornales, respetando la proporcionalidad del art. 29 del CCT No. 431/05.
Por último se supo que las empresas abonarán a los trabajadores beneficiarios de este acuerdo una suma fija de 1.600 pesos, en el mes de diciembre de 2013. “Teniendo en cuenta las posibilidades económicas de cada empresa se podrá desdoblar el pago en dos cuitas mensuales de 800 pesos , las que se abonarán en diciembre de 2013 y enero de 2014”, remarcaron. Mientras que para los trabajadores eventuales y/o jornalizados, dicha suma se abonará en su totalidad a quienes hayan laborado 45 jornales durante el segundo semestre de 2013 y hayan comenzado a prestar servicio antes de 01/07/2013. Caso contrario este pago único se abonará en forma proporcional a los jornales y/o meses trabajados. Dicho rango de trabajadores percibirán a partir del 1 de junio de 2013 todos los incrementos establecidos en el acta acuerdo que suscriben ambas partes.