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Buenos Aires

Fijaron cupos para la exportación de pesca de especies fluviales

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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca fijó cupos de exportación hasta fin de año para determinadas especies fluviales. Además la norma establece el 10% del cupo de exportación a los establecimientos procesadores de pescado de río radicados en la provincia de Buenos Aires, el 42% a los de Santa Fe y el 48% restante a los de Entre Ríos. Además el cupo de exportación corresponde a pescado entero y fileteado, fresco, refrigerado o congelado, aclara la resolución.


Según relevamientos técnicos, "la situación del recurso sábalo (Prochilodus platensis) continuó mejorando en cuanto a abundancia y tallas medias y que además ha sido acompañada por una situación hidrológica favorable para la reproducción y reclutamiento de la especie". En cambio, "teniendo en cuenta la calidad de la información disponible, tanto biológica como estadísticamente, respecto de las especies de surubí (Pseudoplatystoma spp.), deviene necesario desalentar su exportación, hasta tanto los estudios arrojen resultados que sugieran lo contrario".


La norma explica que "como consecuencia de la actividad pesquera dirigida al sábalo se concretan capturas incidentales de otras especies convivientes, tal es el caso de la tararira (Hoplias malabaricus spp.) y la boga (Leporinus spp.)". Por ello, "desde un punto de vista técnico resulta tolerable una captura incidental que no supere el 10% del total capturado de la especie blanco"; en cambio, las especies de surubí "no forman parte de la mencionada captura incidental resultante de aquella dirigida a la especie sábalo".


Asimismo, ordena que en 180 días se eleve un informe que defina los criterios de asignación para la distribución de estos cupos, para elaborar un Régimen de Asignación de Cupos de Exportación para los establecimientos procesadores de pescado de río radicados en las Provincias del litoral en la Cuenca Párano-Platense.