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El Gobierno fijó el “barril criollo” de petróleo en US$ 45 para sostener la industria y el empleo

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El gobierno nacional estableció hasta el 31 de diciembre de 2020 un valor del petróleo crudo a nivel local de US$ 45, el “barril criollo”, con el objetivo de reactivar la industria hidrocarburífera nacional, garantizar la continuidad de los puestos de trabajo y promover el autoabastecimiento.

Lo hizo a través del decreto 488/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial, en el marco de la caída abrupta del valor internacional del crudo generada por la pandemia de coronavirus.

“El barril criollo a US$ 45 pretende establecer las bases para que una industria centenaria pueda continuar de pie, en un momento inédito de caída de demanda del crudo y de los combustibles, a nivel local e internacional”, afirmó el subsecretario de Hidrocarburos, Juan José Carbajales.

El decreto determinó que las entregas de petróleo crudo que se efectúen en el mercado local deberán ser facturadas por las empresas productoras y pagadas por las refinadoras y sujetos comercializadores, tomando como referencia para el crudo tipo Medanito el precio de US$ 45 por barril.

Asimismo, prohibió la importación de aquellos productos que estén disponibles en el mercado interno.

Como requisito para acceder al barril criollo, las empresas productoras no podrán operar en el mercado de cambios para la formación de activos externos ni adquirirán títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia de custodia al exterior.

Además, el Gobierno se comprometió a no aumentar el Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) hasta el 1° de octubre.

“El Estado va a hacer un esfuerzo en cuanto a la carga fiscal y se abstendrá, por un tiempo, de seguir actualizando de modo trimestral el impuesto a los combustibles”, para morigerar de ese modo el traslado a los precios, destacó Carbajales.

Por su parte, las diez provincias integrantes de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (Ofephi) percibirán sus regalías liquidadas en base al precio fijado, lo cual brindará previsibilidad y alivio a sus cuentas fiscales, y una base de sustento a los trabajadores y pymes del sector.

El gobernador neuquino, Omar Gutiérrez, destacó que “es una decisión federal en defensa de las economías regionales y del valor de los recursos provinciales no renovables”, y remarcó que “este nuevo esquema da previsibilidad, seguridad y confianza, plantea reglas de juego claras acordadas para el desarrollo de la actividad hidrocarburifera”.

El decreto indicó que el precio será ajustado para cada tipo de crudo por calidad y por puerto de carga, utilizando la misma referencia, de conformidad con la práctica usual en el mercado local.

Además puntualizó que en caso de que, durante dicho período, la cotización del barril de crudo tipo Brent, que opera en el mercado internacional de Londres, supere los US$ 45 por barril durante diez días consecutivos, quedará sin efecto el valor criollo y se acoplará al precio internacional.

Del mismo modo se reglamentó la disminución de los derechos de exportación (retenciones) para las naftas y el gasoil que habían sido establecidos por la Ley de Solidaridad, los que oscilarán entre el 0% y el 8% en base al precio del Brent.

El precio establecido podrá ser revisado trimestralmente por la Secretaría de Energía, y será de aplicación en todos los casos de entregas de crudo en el mercado local para la liquidación de las regalías hidrocarburíferas.

Durante el plazo de vigencia de la medida, las empresas productoras deberán sostener los niveles de actividad y de producción registrados durante 2019, tomando en consideración la situación actual de contracción de la demanda local e internacional, tanto del petróleo crudo como de sus derivados, producto de los efectos de la pandemia de coronavirus.

Las productoras deberán aplicar idéntico criterio al sostenimiento de los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y deberán mantener la planta de trabajadores y trabajadoras que tenían al 31 de diciembre de 2019.

“Ello se realizará en un marco de consenso con las organizaciones de trabajadores y en procura conjunta de alcanzar modalidades laborales que mejoren la eficiencia, la tecnología y la productividad y que estén acordes con las mejores prácticas nacionales e internacionales de la industria de los hidrocarburos”, indicó el decreto.

Por su parte, la Secretaría de Energía controlará que las empresas productoras cumplan con el Plan Anual de Inversiones comprometido y, eventualmente, impondrá las sanciones y multas correspondientes.

El decreto también refuerza los controles de precios máximos para la venta de garrafas de Gas Licuado de Petróleo (GLP) del Programa Hogar, para lo cual se solicitará asistencia a los intendentes del país.

Además, actualizó las multas previstas en la Ley de Hidrocarburos, que permanecían fijas desde 1994 y que, en adelante, fluctuarán en función del precio del crudo en el mercado interno.

TELAM

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