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El Gobierno autoriza a empresas de colectivos a cubrir operaciones de otras en caso de suspensión de servicios por medidas de fuerza

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El Ministerio de Transporte de la Nación habilitó a las empresas de transporte automotor a realizar servicios de emergencia alternativos en caso de que haya suspensiones por medidas de fuerza patronales o gremiales. La autorización tiene carácter de excepción y es a título precario y provisorio.

La medida figura en la Resolución Conjunta 2/2023 del Ministerio de Transporte. Según la resolución, las empresas de transporte automotor que manifiesten su voluntad de prestar servicios alternativos podrán hacerlo durante el período que dure la medida de suspensión. Las autorizaciones serán transitorias y operarán por el tiempo que persista la suspensión de los servicios.

El Gobierno argumentó que “corresponde al Estado Nacional adoptar medidas correctivas para garantizar la prestación mínima de los servicios de transporte automotor de pasajeros, considerando que se trata de una actividad calificada como servicio público”. Además, aclaró que “las empresas que ofrezcan servicios de emergencia podrán afectar a esa operatoria aquellos vehículos que excedan el parque móvil mínimo aprobado en cada uno de sus permisos de explotación”.

Por su parte, las empresas operadoras expresaron su desagrado y preocupación ante esta medida. Cabe recordar que en las últimas semanas, las diferentes cámaras que representan a las empresas de transporte urbano llevaron a cabo protestas en reclamo de subsidios adeudados.

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