El Gobierno nacional implementó una simplificación en el proceso de autorización para operar servicios de transporte aéreo comercial y de asistencia en tierra a aeronaves. La medida fue oficializada este viernes mediante la Disposición 16/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Esta iniciativa de desburocratización reduce los requisitos documentales necesarios para obtener habilitaciones en el ámbito aerocomercial, incluyendo tanto los servicios operativos aeroportuarios como los de rampa.
Desde ahora, las empresas interesadas en ingresar al sector podrán acreditar su capacidad económica y financiera mediante la presentación de una “Declaración Jurada de Capacidad Económica-Financiera”, firmada por el propio solicitante. Según el Gobierno, esta simplificación busca acelerar un procedimiento que anteriormente demandaba una extensa carga administrativa y la entrega de numerosos formularios considerados innecesarios.
La disposición reemplaza a la Resolución 1025/16, que obligaba a las compañías aéreas a presentar una gran cantidad de documentación y destinar recursos importantes para su preparación. El nuevo texto señala además que, en el caso de las autorizaciones para servicios operativos en aeropuertos y tareas en rampa, no existía hasta el momento una normativa clara que definiera los requisitos económicos y financieros a presentar.
Pese a la reducción de trámites, el Ejecutivo subrayó que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) continuará ejerciendo su rol de control técnico, supervisando tanto la situación económico-financiera de las empresas como los estándares de seguridad operacional. De esta forma, se garantiza que la simplificación no comprometerá los controles fundamentales del sistema.
Con esta reforma, el Gobierno apunta a promover la inversión y el desarrollo del sector aéreo, facilitando la incorporación de nuevos operadores y optimizando la eficiencia general del transporte aerocomercial en el país.