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CABA: bajan exigencias para retener el registro a los que cometan faltas graves

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La ley 3.916, que fue sancionada el jueves último, determina que se podrá retener la licencia “cuando se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo, superando los límites de velocidad máximos establecidos en este Código”.

 

De esta manera, aquella persona que pase una luz roja en una calle a menos de 40 kilómetros por hora de velocidad no podrá ser sancionado con el retiro de la licencia. Y en las avenidas ese límite llegará hasta los 60 ó 70 km/h.

 

Otro aspecto que también despertó críticas según publica el diario INFOBAE, fue el que determina que “sólo se procederá a la retención de licencias cuando se supere (la velocidad máxima) en más de 40 kilómetros por hora”. Esto obligará a los agentes de tránsito a detectar vehículos que circulen a más de 100 ó 110 km/h. Hasta ahora, ese margen era de sólo un 10% superior a la máxima velocidad permitida.

 

A su vez, la oposición y el oficialismo porteños acordaron no agravar la pena a quienes conduzcan bajo los efectos de sustancias ilegales.

 

Operativo

 

En la actualidad, el Ministerio de Seguridad porteño realiza operativos para detectar consumo de drogas en los que utiliza un pupilómetro. Si esa prueba es positiva, se hace un segundo análisis de saliva. Y si ambos controles resultan positivos se labra una contravención, se da intervención a la fiscalía de turno y el auto es retenido. Pero al infractor no se le quita el registro de conducir.

 

La ley apuntaba a sumar dos causales de retención de la licencia: circular en las bicisendas y en los carriles del Metrobús. Y a último momento, también se agregó traspasar un paso a nivel con las barreras bajas.

 

Hasta el momento no había requisitos para retener la licencia, luego de que la ahora antigua norma comenzara a aplicarse en diciembre de 2009 siguiendo la Ley Nacional de Tránsito (26.363).
Según los datos oficiales, más de 13 mil registros de conducir ya fueron incautados: 12 mil de ellos fueron por atravesar semáforos en rojo, y el resto por exceso de velocidad.

 

Los castigos también se aplican, aunque en menor medida, por no usar o hacerlo en forma inadecuada el casco al viajar en moto, ir de contramano y no tener seguro.

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