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Brasil – Puerto de Santos: Autorizan a 15 licitadores a entregar estudios para la concesión

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La Autoridad Portuaria de Santos autorizó la entrega de estudios  para subsidiar la preparación de la licitación para la eventual concesión del canal de navegación. Los estudios deben ser presentados en un plazo de 100 días.

La autorización fue publicada en la edición del viernes 26 de julio de la Gaceta Oficial de la Unión (DOU) y es el resultado de la convocatoria pública realizada por la Autoridad Portuaria el 11 de junio.

De este modo, se autorizó a presentar proyectos, encuestas, investigaciones y estudios técnicos a 14 empresas y a un particular. Ellos son ellos: Argonáutica Engenharia e Pesquisas Ltda; Atlântico Sul Consultoria e Projetos S/S Ltda; Boskalis do Brasil Dragagem e Serviços Marítimos Ltda; Cláudio Macedo Dreer; CPEA – Consultoria, Planejamento e Estudos Ambientais Ltda; Dragabras Serviços de Dragagem Ltda; DTA Engenharia Ltda; Future ATP Serviços de Engenharia Consultiva Ltda; Jan De Nul do Brasil Dragagem Ltda; Leonp.A; Navarro Prado Advogados; Queiroz Galvão Tecnologia em Defesa & Segurança S/A; Terrafirma Consultoria Empresarial e de Projetos Ltda; Tetra Tech Engenharia e Consultoria Ltda; y Veirano Advogados.

En tanto se concedió hasta 5 días hábiles para que la empresa Concremat Engenharia e Tecnologia S/A, decimosexta parte interesada, regularice su documentación, para que pueda obtener la autorización.

“El variado perfil de las partes interesadas, que incluye desde grandes grupos de ingeniería hasta empresas de dragado, pasando por consultorías y despachos de abogados, demuestra el gran interés del mercado por esta concesión. Estamos seguros de que, al trabajar en asociación con el mercado desde el proyecto, la licitación atraerá a los principales actores y el Puerto de Santos aumentará rápidamente la eficiencia de su principal activo”, manifestó Casemiro Tércio Carvalho,  quien preside la Autoridad Portuaria de Santos.

Desde la administración brasileña indicaron que la entrega de estudios no supone ninguna carga, gasto o condición para la Autoridad Portuaria o cualquier miembro de la administración pública y no es vinculante.