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Acuerdo entre Argentina y Chile para validar licencia de conducir

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Argentina y Chile firmaron un acuerdo por el cual los países reconocerán licencias de conducir del otro. Dentro del año de residencia o ingreso, se podrá acceder al carnet del otro país sin rendir examen teórico ni práctico.

En el marco de la visita del Presidente Alberto Fernández a la República de Chile, se llevó adelante el acuerdo, firmado por el ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Felipe Solá, para el reconocimiento recíproco y canje de licencias de conducir, que tendrán vigencia por un año continuo de permanencia en el diverso territorio de emitido la licencia.

Además, una vez obtenida la licencia, el titular deberá sujetarse a la normativa interna al efectuar la renovación o control de la respectiva licencia de conducir y se podrá denegar el canje de la licencia de conducir cuando no se tenga certeza sobre la autenticidad de dicho documento.

Sin embargo, los casos que no incluyen el acuerdo son las licencias de conducir expedidas en una u otra de las partes derivadas del canje de otra licencia de conducir obtenida en un tercer Estado; las licencias de conducir originales otorgadas dentro del plazo seis 6 meses (principiantes); y las situaciones donde el titular de la licencia es un menor de dieciocho 18 años.

Es importante destacar que la medida entrará en vigencia transcurridos treinta 30 días corridos desde la fecha de recepción de la última notificación y cumplimiento de los procedimientos internos.

 

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