El fallo de la sala IV del máximo tribunal penal del país recayó sobre quien en 1999, al momento del accidente en Aeroparque, era presidente de la empresa LAPA, Gustavo Deutsch y su director general, Ronaldo Boyd.
El veredicto considera que el cálculo para la prescripción penal, es decir, el cierre del caso por el paso del tiempo, debía hacerse en base al delito de "estrago doloso agravado" y tomando la fecha de la citación a juicio oral como interruptiva del cálculo, según los camaristas Mariano Borinsky y Juan Gemignani con la disidencia de Ana María Figueroa.
Actualmente la calificación jurídica de lo ocurrido está a estudio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que debe pronunciarse entre el estrado doloso agravado sostenido por la querellante "Asociación Civil Víctimas Aéreas" en un recurso extraordinario federal contra el "culposo", con penas más leves, que pretenden las defensas.
Este último es el que tomó en cuenta el Tribunal Oral Federal 4 el 3 de mayo de 2011 cuando dictó veredicto en el juicio por la tragedia. Casación entendió que hasta que la Corte no se pronuncie, los directivos no pueden ser sobreseidos sobre la base de la figura penal más leve, ya que si el máximo tribunal del país cambia esta decisión, quedarían sujetos a la causa.
El llamado a juicio se concretó el 2 de octubre de 2007 y "se advierte que desde dicha fecha no ha operado el término prescriptivo de doce años computable", consideró el fallo. Tanto para el Tribunal Oral que juzgó el caso como para la misma sala de Casación que lo confirmó, el delito fue "estrago culposo agravado" pero esto está a estudio en la Corte Suprema.
Por su parte, en la disidencia, la camarista Figueroa entendió que la causa está prescripta por el paso del tiempo y advirtió que "los hechos denunciados involucraron a numerosas víctimas -65 personas perdieron la vida y otras sufrieron graves lesiones-, en lo que se dio a entender como una las “tragedias aéreas” de mayor gravedad ocurridas en este país".
"Estas particularísimas características, exigían un tratamiento rápido y eficaz de los órganos jurisdiccionales y de la acusación, instancias previas a la presente, quienes debieron actuar con la celeridad suficiente para que no operara la extinción de la acción, con las consecuencias jurídicas que ello conlleva", argumentó la camarista.
Además la camarista reconoció que "resulta írrito a las víctimas, familiares y a la sociedad, que hechos tan graves queden en la impunidad, pero no puedo soslayar principios" elementales que hacen al derecho de defensa de los acusados. La situación de ambos ex jerárquicos de la empresa, quienes habían sido absueltos en el juicio oral, quedó así sujeta a la decisión que sobre el caso tome la Corte Suprema de Justicia de la Nación en lo referido a la calificación legal de lo sucedido.
Historia de la causa
El 31 de agosto de 1999 el vuelo 3142 de Lapa chocó contra un terraplén en el complejo Punta Carrasco tras salirse de pista cuando intentaba despegar rumbo a Córdoba desde el aeroparque metropolitano Jorge Newbery y cruzar una avenida, en un accidente que causó 65 muertes y decenas de heridos.
Al término de un extenso juicio oral, el Tribunal Oral Federal 4 condenó a sólo dos de los acusados, el ex gerente de Operaciones de la empresa Valerio Diehl y a otro jerárquico de Lapa, Gabriel Borsani, a tres años de prisión en suspenso. En ese veredicto absolvió al ex gerente de Operaciones, Fabián Chionetti, a la ex jefa de personal Nora Arzeno, y a los ex miembros de la Fuerza Aérea Damián Petersen y Fabián Lentino. Encuanto a Deutsch y Boyd el Tribunal consideró que los delitos en su contra estaban prescriptos por el paso del tiempo y por eso cerró el caso.