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Buenos Aires

La alicuota de derecho de exportación del biodiésel vuelve al régimen anterior

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Mediante el Decreto 25/2016, publicado hoy en el Boletín Oficial, precisó los alcances del decreto 160/2015 que fijó la alícuota en 0% para la exportación de productos industriales, con excepción del biodiésel, que fue fijada en 32%.


De esta forma, la retención a la exportación de biodiésel quedó cinco puntos más que el aceite de soja, materia prima del biocombustible, cuando hasta entonces estaba gravado por una retención móvil. Por ello, aclara la norma en sus considerandos, "corresponde precisar los términos" de la norma, que consigna que el biodiésel tributará "el nivel arancelario que resulte de la aplicación de lo dispuesto por el Decreto 1.719 de fecha 19 de septiembre de 2012, sus modificaciones y normas complementarias".


"El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y sus disposiciones resultarán de aplicación para las operaciones que se perfeccionen a partir de la entrada en vigencia del Decreto 160/15", agrega.